Desacuerdo con aseguradoras

En caso de una negativa de una compañía de seguros a cubrir un siniestro notificado (rehúse), la primera actuación a realizar por parte del asegurado será la de solicitar por escrito a la compañía el motivo de tal rehúse por parte de la aseguradora. Las aseguradoras tienen un plazo establecido en torno a los 40 días para aceptar o rechazar un siniestro. En el caso de que la resolución de la compañía se amparase en el informe de un perito colaborador o al servicio de la aseguradora, lo debería incluir y si la disconformidad por parte del asegurado se mantiene, la participación de un perito experto la materia puede ser determinante para entre otras actuaciones:

  • Realizar una revisión técnica completa del peritaje aportado por la aseguradora.
  • Identificar o detectar daños no incluidos o reconocidos debidamente o que afecten a la calidad comercial del producto alimentario.
  • Realizar una tasación económica contradictoria.

Muchas de las indemnizaciones a la baja no se deben no se deben a la falta de cobertura sino a peritaciones incompletas o cerradas con prisa por parte de la aseguradora. Aceptar sin revisar puede suponer una pérdida económica considerable.

Otro de los aspectos a los que debe prestar atención el asegurado es la capacitación y competencia profesional de perito o técnico participante y en cuyo dictamen la compañía aseguradora ampara su resolución. El facultativo veterinario es el técnico competente y habilitado para emitir dictámenes y valoraciones que afecten a la calidad higiénica o comercial de un determinado alimento o producto alimentario en cualquiera de sus fases, incluyendo el transporte.